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SUNAT VS. Redes sociales para detectar evasores

Durante el presente año, para ser exactos el 18.01.2018, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) como ente recaudador anunció cruzar información de los contribuyentes en redes sociales, este anunció consiste en revisar las redes sociales de los contribuyentes y acopiar evidencia sobre viajes o ingresos que permitan detectar incongruencias con los ingresos reportados.
Tales como, Facebook Messenger, WhatsApp, LinkedIn, Twitter, Instagram, You Tube Kids, entre otros, según el reciente informe Futuro Digital, de conScore, hay 17.5 millones de usuarios de internet en el Perú.

Sin embargo, me pregunto: ¿Cuán factible sea esta fiscalización?, ¿Tendrá la Administración Tributaria “amplios “criterios para diferenciar lo estrictamente personal de lo público?.
Para ello, existe la posible fiscalización de la revisión de las redes sociales en lo referente a la información pública, si bien es cierto, se venden productos a precios atractivos o presten servicios como por ejemplo, servicios de capacitación, despedidas de solteros (as), matrimonios, etc., y una vez realizado la transacción a través de la bancarización, no se emita comprobante de pago alguno, por lo que si amerita una fiscalización por parte de la SUNAT.
Un ejemplo que manifiesta la Administración Tributaria al utilizar las redes sociales la información pública es bajísima, por ejemplo existe publicidad de médicos que ponen testimonios de 20 modelos, y cuando buscan y cruzan la información, se dan cuenta de que no ha habido una facturación ni por régimen de la tercera categoría, ni como rentas independientes (RH), también indicó la Administración Tributaria que la información que publican los contribuyentes en las redes sociales “son indicios que les permiten detectar situaciones en las cuales hay una presentación de enriquecimiento y donde no ha habido una declaración una recaudación de rentas que acompañe este crecimiento profesional”.

Como apreciación, otro caso sería si una persona que demuestra sus ingresos ante el fisco, y que a través de algunas redes sociales muestra fotos de sus paseos al exterior o interior, actividades de recreo, entre otros, dado este caso, no habría ningún inconveniente ante el fisco, por ser un contribuyente transparente en sus ingresos, pero, de ser caso contrario, y la SUNAT, al hacer cruce de información, los tales desembolsos no los justifica a través de sus ingresos, aquí si merecería la presunción de incremento patrimonial no justificado, es decir, existe sin duda alguna un desbalance patrimonial (art. 52° LIR).
Por otro lado la SUNAT ya inició la utilización de la información de los contribuyentes en las redes sociales como Facebook para detectar indicios de enriquecimiento y la posible evasión de impuestos.

Cabe señalar, que Víctor Shiguiyama, jefe de SUNAT, explicó que el equipo de fiscalización de su institución incorporó a matemáticos y físicos para analizar la información recabada. Esto permitirá generar bases de datos más amplias y detalladas que abarcan incluso las redes sociales. La SUNAT con el apoyo del cloud computing y otras herramientas este año van a procesar tanta data como lo que se procesó en 25 años que tiene la administración tributaria y aduanera. “Estamos generando mecanismos para el cruce masivo de datos”, expresó el jefe de SUNAT.
A tanta posibilidad, aguardemos que sucede en el transcurso de lo que va del año.

CPC. Carlos Orbegoso Espejo
Corbe & Asociados, Gerente
Docente – FIDE, Economía y Finanzas

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